La protección de la imagen de los menores en eventos navideños

Para un organizador de eventos, es fundamental conocer qué es el RGDP, y como este regula la imagen de los menores de edad. Especialmente en la etapa navideña, ya que se trata del periodo del año con mayor actividad de eventos con este tipo de público.

La Navidad es el momento del año en el cual se organizan más eventos para los menores de edad, por tanto como profesionales de la organización de eventos debemos de conocer la normativa vigente en materia de protección de imagen, y ser muy exigentes en cuanto a la toma y difusión de imágenes de los más pequeños de la casa, ya queel uso de imágenes sin consentimiento se considera delito.

En esta entrada, comparto unas pinceladas básicasde cuestiones que debe de conocer un eventmanager en materia de protección de datos, con el fin de concienciar de la importancia del tema en cuestión, y hacernos reflexionar de la necesidad de conocer estos procedimientos, para preservar así la intimidad y la imagen pública de los menores.

Tratamiento de datos

El tratamiento de datos de menores de edad está sometido a una especial vigilancia por parte de la Agencia Española de Protección de Datos ( AEPD), ya que este organismo exige como es lógico un mayor rigor cuando el consentimiento de cesión de la imagen se obtiene por parte de un menor, debido a que son considerados las personas más vulnerables.

El derecho a la propia imagen es un derecho que contempla el derecho a la intimidad y se encuentra regulado por varias normas, como el código penal, la Constitución Española en su artículo 18, el RGPD, entre otras.

RGPD

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es el reglamento europeo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos. Entró en vigor el 25 de mayo de 2016 y fue de aplicación el 25 de mayo de 2018. Se trata de una normativa a nivel de la Unión Europea.

En España, el RGPD dejó obsoleta la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) de 1999, siendo sustituida el 6 de diciembre de 2018 por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, acorde con el RGPD.1​

«El derecho a la propia imagen como derecho fundamental, afecta a cualquier persona física»

Consentimiento cesión de imagen

Una imagen se considera un dato personal, por lo que la toma de imágenes constituye un tratamiento de datos personales.

Por tanto un organizador de eventos, está obligado a obtener el consentimiento del interesado para el tratamiento o cesión de datos, así como de la forma de informar sobre los derechos que les asisten, su identidad y cómo va a dar uso a esos datos.

«Como organizadores de eventos debemos tener muy presente que no podemos publicar ninguna imagen sin el consentimiento del titular»

Hay que tener muy presente que podremos proceder al tratamiento de los datos de los mayores de 14 años con su consentimiento, salvo en aquellos casos que la normativa exija para su prestación la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela. Y en los casos de menores de 14 años se requerirá siempre el consentimiento de los padres o tutores.

Datos del modelo de consentimiento

Como datos mínimos que deben de aparecer en el documento de consentimiento, deben de aparecer los siguientes ítems:

  • Datos del titular o patria potestad
  • Datos de la entidad
  • Usos
  • Declaración de buen uso de los datos
  • Firma conformidad
  • Derechos LOPDP Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

¿ Actos en la vía pública?

En cuanto actos en la vía pública, de caracter general como puede ser un desfile de Papa Noel, festivales de Navidad, cabalgatas de Reyes, …etc. deberemos de ser igualmente cuidadosos, e intentar imagenes en las cuales se pueda reconocer a un menor de edad. Es cierto, que los profesionales del ámbito público, en este sentido lo tenemos algo más sencillo, ya que nos encontramos en la excepcionalidad de organizar eventos de interés general, pero igualmente y con más razón, debemos de dar ejemplo en este sentido.

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